Importante pronunciamiento de la Corte de Santiago en aplicación de la Ley N° 20.009. El tribunal revocó la sentencia de primera instancia y acogió la demanda presentada por un banco, tras acreditar que el usuario incurrió en culpa grave al no reportar oportunamente las anomalías en su aplicación bancaria.
El caso fue llevado por nuestro socio Cristóbal Horwitz y la asociada María Fernanda González Tobar, junto al equipo de Litigios de ARH Abogados – Aldunate Ramírez Horwitz.
La Corte destacó que la tardanza de dos días en adoptar medidas de resguardo frente a señales evidentes de irregularidad facilitó la comisión del fraude. El fallo reafirma que la Ley N° 20.009 no solo protege frente a transacciones no reconocidas, sino que también exige un estándar de diligencia al titular de los productos financieros.
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